miércoles, 25 de febrero de 2009
lunes, 23 de febrero de 2009
comida
Cultura
Como consecuencia natural del industrialismo, las costumbres sociales han variado. Más sin embargo y a pesar de la unión con los Estados Unidos por sobre mas de 100 años, la cultura latina prevalece.
Politica:
Puerto Rico es un territorio no incorporado de Estados Unidos. Esto significa que Puerto Rico pertenece a Estados Unidos, pero no forma parte de ellos. Según los Casos insulares resueltos por la Corte Suprema de EE.UU, los derechos contitucionales no son extendidos automáticamente a todos los territorios bajo el control americano. Los territorios y sus ciudadanos sólo tienen derecho a la plena protección de la Constitución cuando el Congreso de los Estados Unidos los haya incorporado como "parte integrante" de la nación.
La relación del gobierno de Puerto Rico con el gobierno federal de Estados Unidos es para muchos comparable a la relación del gobierno federal estadounidense con sus estados. Todo lo relacionado a la moneda, la defensa, las relaciones exteriores y la mayor parte del comercio entre estados cae bajo la jurisdicción del gobierno federal. El gobierno de Puerto Rico tiene autonomía fiscal y el derecho de cobrar impuestos locales. Los puertorriqueños son ciudadanos de los Estados Unidos con todos los derechos y deberes que confiere esa ciudadanía, pero como las elecciones presidenciales sólo se celebran en estados y territorios incorporados, los residentes de Puerto Rico no participan en éstas, a menos que tengan residencia legal en un estado o territorio incorporado.
El Comisionado Residente es el único representante del gobierno local en el Congreso de Estados Unidos. El Comisionado Residente tiene derecho a voz pero no a voto en el Congreso de Estados Unidos, excepto cuando el mismo Congreso le concede voto en el "comité conjunto". Cuando esto ocurre, el Comisionado Residente puede votar, pero sólo cuando su voto no sea determinante en el tema.
El gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico está dividido en tres ramas: la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa (dividida en la Cámara de Representantes y el Senado) y la Rama Judicial.
La Rama Ejecutiva está representada y dirigida por el Gobernador. El Gobernador es electo por voto directo en una elección general cada cuatro años y designa, con el consejo y consentimiento del Senado, a los miembros de su gabinete, el cual está formado por los secretarios (as) de los quince departamentos.
El poder legislativo de la Isla recae en la Asamblea Legislativa, una legislatura bicameral compuesta del Senado y de la Cámara de Representantes. El Senado cuenta con 27 senadores (as) – dos por distrito electoral y once por acumulación basados en la proporción de la población. En 2005 hubo un referéndum en el que participo solo el 22.6%(553,955), de los electores inscritos para votar(2,453,292) y de ellos el 83% (464,010) de los electores votaron por que se convierta esta Asamblea en unicameral, y en enero del 2007 el Senado aprobó un proyecto de ley para iniciar este proceso. La Cámara de Representantes cuenta con 51 miembros – uno para cada distrito electoral y once por acumulación. Si es necesario, se le otorga hasta un máximo constitucional de nueve puestos en el Senado y diecisiete en la Cámara de Representantes adicionales a los partidos de minoría, en caso que el Gobernador y la Asamblea Legislativa sean del mismo partido y en ésta estén 2/3 ó más de los legisladores.
1967 | 1993 | 1998 | |
---|---|---|---|
Estado Libre Asociado | 60,4 % | 48,6 % | 0,1 % |
Estadidad | 39,0 % | 46,3 % | 46,5 % |
Independencia | 0,6 % | 4,4 % | 2,5 % |
Libre Asociación | 0,0 % | 0,0 % | 0,3 % |
Ninguna de las Opciones Anteriores | 0,0 % | 0,0 % | 50,3 % |
El poder Judicial es la rama de Gobierno responsable del cumplimiento de la Constitución y la administración de la Justicia. Dirigido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el sistema judicial está compuesto por tres instancias. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) está dividido en la Sala Superior y la Sala Municipal (con diferentes áreas de competencia). El TPI tiene trece distritos judiciales (San Juan, Bayamón, Carolina, Caguas, Arecibo, Utuado, Aguadilla, Mayagüez, Ponce, Aibonito, Guayama, Humacao y Fajardo). La parte insatisfecha con las decisiones del TPI puede solicitar una apelación a la segunda instancia, conocida como Tribunal de Apelaciones, que se contituye por paneles. La última instancia es el Tribunal Supremo, el cual es el único tribunal constitucional. El Tribunal Supremo está integrado por el Juez Presidente y seis Jueces Asociados. Éstos son nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. Dichos nombramientos son de por vida, hasta la edad del retiro obligatorio de setenta (70) años. El número de jueces sólo podrá ser variado por ley, a solicitud del propio Tribunal Supremo.
En Puerto Rico existen tres partidos políticos principales: el Partido Popular Democrático, el Partido Nuevo Progresista y el Partido Independentista Puertorriqueño. Un cuarto partido político, Puertorriqueños por Puerto Rico,[4] se certificó como partido político el 9 de mayo de 2007. Todos los oficiales electos en Puerto Rico sirven por un período de cuatro años. Existen también varios grupos políticos dedicados a la lucha por la independencia, entre ellos el Movimiento Socialista de Trabajadores de Puerto Rico, fundado en 1982 mediante la fusión del Movimiento Socialista Popular y el Partido Socialista Revolucionario, posteriormente Liga Internacionalista de los Trabajadores; el Partido Nacionalista de Puerto Rico, que no cree en la participación en las elecciones mientras Puerto Rico sea una colonia, y el Movimiento Independentista Nacional Hostosiano, movimiento que resulta de la fusión del Congreso Nacional Hostosiano y del Nuevo Movimiento Independentista Puertorriqueño.
Deportes:
fiestas nacionales
Fecha | Festividad |
---|---|
1.º de enero | Año Nuevo (EE. UU.) |
6 de enero | Día de los Reyes Magos |
Segundo lunes de enero | Natalicio de Eugenio M. De Hostos |
Tercer lunes de enero | Natalicio de Martin Luther King (EE. UU.) |
Tercer lunes de febrero | Día de los Presidentes (EE. UU.) |
22 de marzo | Abolición de la esclavitud |
16 de abril | Natalicio de José de Diego |
Según el calendario lunar | Viernes Santo |
Segundo domingo de mayo | Día de las Madres (EE. UU.) |
Último lunes de mayo | Día de la Recordación (EE. UU.) |
Tercer domingo de junio | Día de los Padres (EE. UU.) |
4 de julio | Declaración de la Independencia (EE. UU.) |
17 de julio | Natalicio de Luis Muñoz Rivera |
25 de julio | Día de la Constitución del Estado Libre Asociado |
27 de julio | Natalicio de José Celso Barbosa |
Primer lunes de septiembre | Día del Trabajo (EE. UU.) |
12 de octubre | Día de la Hispanidad |
11 de noviembre | Día del Veterano (EE. UU.) |
19 de noviembre | Descubrimiento de Puerto Rico |
Cuarto jueves de noviembre | Día de Acción de Gracias (EE. UU.) |
25 de diciembre | Navidad (EE. UU.) |
musica:
La Isla cuenta con diferentes ritmos folclóricos como la Bomba y la Plena, en la música jíbara (campesina) el Seis con décima y el Aguinaldo Jíbaro, en la música clásica, la Danza Puertorriqueña y la Mazurca Puertorriqueña. Actualmente sus ritmos con auge internacional sin duda los son la Salsa y el Reggaeton. Estos últimos, ritmos con raíces extranjeras, la Salsa evolucionó de ritmos cubanos y el Reggaeton, como indica su nombre, del Reggae en una fusión con el Rap y en la actualidad se le ha fusionado con todo tipo de ritmo siendo exitosa la fusión con la Bachata dominicana. Por otro lado el Flow, una variación del tipo balada del Reggaeton, tiene gran popularidad también.
Los ritmos de nuestra música se repican a través de toda la isla. La salsa y el merengue son dos de los ritmos populares en la Isla.- La salsa, creada en Puerto Rico, se popularizó como foro de expresión entre los puertorriqueños en Nueva York.
- El merengue, música nacional de la Republica Dominicana, se disfruta en grande en Puerto Rico.
- La bomba y plena son sonidos autóctonos que utilizan la percusión. La bomba conlleva una interacción entre el percusionista y el bailador.
- La danza originada en el 1850, se parece al vals clásico. Dos compositores de este estilo musical son los puertorriqueños Juan Morell Campos y Manuel Tavares, quienes para finales del siglo 19 y principios del siglo 20, hicieron de la danza un baile elegante de salón.
- Entre los músicos clásicos puertorriqueños se encuentran los cantantes de ópera Antonio Paoli (1872 – 1922), quien cantó en las cortes reales europeas, Justino Díaz y Pablo Elvira. El legendario violonchelista catalán, Pablo Casals, de madre puertorriqueña, hizo de Puerto Rico su hogar durante la dictadura de Franco en España. Anualmente se celebra un festival con su nombre, el cual atrae a orquestas y músicos internacionales.